¿Qué hace el Procurador?
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- Informar al cliente con carácter previo al proceso judicial, del coste aproximado del procedimiento, con los suplidos y demás gastos derivados del mismos, así como de las consecuencias de ser condenado a las costas del mismo.
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- Agilizar los procesos judiciales. Como labor fundamental del Procurador en Sevilla se encuentra la del seguimiento de los procedimientos en los juzgados y tribunales de Sevilla, desde la presentación de la demanda, acompañamiento al cliente para otorgar el preceptivo poder al Procurador en Sevilla, y en todo caso, se ocupan de solucionar buena parte de los obstáculos que podrían retrasar la sentencia, agilizando trámites, interesándose por la tramitación de cada procedimiento en todo momento.
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- Responsabilizarse de todos los trámite. El Procurador en Sevilla, recibe y firma los emplazamientos, citaciones, notificaciones, etc.; asiste a todas las diligencias y actos necesarios del pleito. Todo ello en representación y a favor de su cliente.
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- Transmitir al abogado todas las resoluciones judiciales que firme como Procurador en Sevilla, así como los escritos que presente e igualmente comunicar al cliente las resoluciones judiciales más importantes y los escritos que presente en su nombre.
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- Pagar los gastos, que genere el procedimiento, administrando la provisión de fondos, excepto la minuta del abogado y peritos. En este punto debemos hacer especial mención a que la Ley señala expresamente que entre los deberes del Procurador en Sevilla se encuentra el deber de «pagar todos los gastos que se causaren a su instancia, excepto los honorarios de los abogados y los correspondientes a los peritos, las tasas por el ejercicio de la potestad jurisdiccional y los depósitos necesarios para la presentación de recursos, salvo que el poderdante le haya entregado los fondos necesarios para su abono». Por tanto, en caso de no haberse habilitado fondos, no estará obligado a pagar los suplidos que se generen.